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Especialistas Tributarios · Lima, Perú
El Impuesto a la Renta en el Perú tiene dos momentos de cumplimiento: los pagos a cuenta mensuales durante el año, y la Declaración Jurada Anual (DJA) que cierra el ejercicio. La DJA correspondiente al ejercicio 2025 tiene su plazo de vencimiento entre el 27 de mayo y el 10 de junio de 2026 — según el último dígito del RUC del contribuyente. No presentarla genera multa automática. No presentarla cuando tienes saldo a favor significa que SUNAT se queda con tu dinero sin que lo reclames.
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PERSONAS NATURALES CON RENTA DE TRABAJO (4ta y 5ta categoría): Obligados si sus ingresos anuales superaron 7 UIT (S/37,450 en 2025). Esto incluye trabajadores en planilla, profesionales independientes, consultores y todo aquel que recibe remuneración por servicios personales.
PERSONAS NATURALES CON RENTA DE CAPITAL: Quienes alquilaron inmuebles, recibieron dividendos, vendieron acciones u obtuvieron intereses de inversiones durante 2025 están obligados a declarar esos ingresos — independientemente del monto.
PERSONAS NATURALES CON PÉRDIDAS O SALDO A FAVOR: Incluso si no estás obligado por nivel de ingresos, SI tienes saldo a favor del impuesto (retenido de más en quinta categoría o pagos a cuenta excesivos), solo puedes recuperarlo presentando la DJA dentro del plazo.
EMPRESAS EN RÉGIMEN GENERAL Y MYPE TRIBUTARIO: Las personas jurídicas ya presentaron su DJA en el período anterior. Para ejercicio 2025, las MYPE con ingresos hasta 1,700 UIT presentan entre el 27 de mayo y el 10 de junio 2026.
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Último dígito 0 → 27 de mayo de 2026
Último dígito 1 → 28 de mayo de 2026
Último dígito 2 → 29 de mayo de 2026
Último dígito 3 → 1 de junio de 2026
Último dígito 4 → 2 de junio de 2026
Último dígito 5 → 3 de junio de 2026
Último dígito 6 → 4 de junio de 2026
Último dígito 7 → 5 de junio de 2026
Último dígito 8 → 8 de junio de 2026
Último dígito 9 → 9 de junio de 2026
Buenos contribuyentes (sin deuda) → 10 de junio de 2026
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GASTOS ADICIONALES HASTA 3 UIT (S/16,500): Arrendamiento de inmuebles con recibo electrónico, intereses de crédito hipotecario para primera vivienda, servicios de médicos y odontólogos, aportaciones a EsSalud por trabajadores del hogar, y honorarios de abogados y contadores. Solo se descuentan si los comprobantes están registrados en el sistema de SUNAT.
7 UIT DE MÍNIMO NO IMPONIBLE (S/38,500): Deducción automática que aplica a todos los contribuyentes de cuarta y quinta categoría. Se aplica automáticamente en el formulario — pero verificar que esté correctamente computada es importante.
20% DE DEDUCCIÓN SOBRE INGRESOS DE CUARTA CATEGORÍA: Los trabajadores independientes deducen automáticamente el 20% de sus ingresos brutos (hasta 24 UIT) antes de aplicar el mínimo no imponible. Esta deducción reduce significativamente la base imponible.
Si tienes saldo a favor del IR — porque te retuvieron de más en quinta categoría o pagaste pagos a cuenta mayores al impuesto resultante — ese dinero es tuyo. Pero SUNAT solo te lo devuelve si presentas la DJA dentro del plazo. Vencido el plazo, puedes perder el derecho.
En Henostroza Global Solutions presentamos tu Declaración Jurada Anual correctamente, aplicamos todas las deducciones que te corresponden y gestionamos tu devolución si tienes saldo a favor. El plazo está corriendo — actúa hoy.
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Especialistas en tributación y defensa ante SUNAT · Lima, Perú · Fundada 2018
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